Régimen de franquicia del IVA, ¿en qué consiste?
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Régimen de franquicia del IVA, ¿en qué consiste?

Tras varios años de negociaciones, el Gobierno español ha impulsado un acuerdo entre varias asociaciones de representantes de los autónomos, sindicatos y patronales con la Agencia Tributaria y con la Dirección General de Tributos. Dicho acuerdo ha sido anunciado como una serie de medidas para brindar apoyo a los pequeños autónomos al eximirlos del pago del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).



Esta iniciativa sigue el modelo del régimen del IVA franquiciado, que ya ha sido adoptado por varios países de la Unión Europea (UE), y que pretende eliminar parte de la burocracia obligatoria que actualmente persigue a los autónomos. Según este régimen, la Agencia Tributaria exime a los autónomos de la obligación de incluir el IVA en sus facturas emitidas y de presentar las correspondientes declaraciones trimestrales.


Sin embargo, aunque se elimine la obligación de presentar las declaraciones trimestrales de IVA, se les exigirá la presentación de una declaración anual sobre las operaciones realizadas a lo largo del año para, de este modo, justificar que mantienen los requisitos exigidos.


Este régimen ya estaría perfilado, a falta de detalles, en base a la Directiva europea 2020/285 que lo regula y que marca algunas de sus líneas maestras. En consecuencia, debido a la obligada transposición de la norma, se espera que esta medida entre en vigor en torno a 2025, si bien, cada país tiene la flexibilidad de decidir cómo y cuándo implementarla.


El objetivo principal de este régimen de franquicia de IVA es permitir a los pequeños autónomos ofrecer sus productos o servicios a un precio más competitivo y así poder competir con grandes empresas, que tienen más poder para negociar sus costes. Esto se publicó en un informe de impacto publicado por la Comisión Europea, en el que se vislumbró que los costes de cumplimiento tributario para las pymes rondan el 2,6% de sus ingresos, frente al 0,02% de las grandes empresas.


Sin embargo, no todos los autónomos podrán acogerse a este nuevo sistema, ya que existen límites respecto a la facturación del negocio. Dicho límite máximo de facturación anual establecido para quedar exento de las obligaciones del IVA trimestral es de 85.000 euros, y se eleva a 100.000 euros para los autónomos que realicen ventas en la UE.


Las organizaciones de autónomos han aclarado que este nuevo sistema de IVA franquiciado puede no ser completamente beneficioso para todos los pequeños negocios, pero ciertamente reduce las obligaciones diarias. Al no permitir que los autónomos que se acojan a este sistema puedan deducirse el IVA en las compras, parece razonable pensar que a aquellos que cuenten con más gastos, no les interese el cambio.


Por ejemplo, en el caso de un diseñador gráfico que trabaja desde casa y que factura trimestralmente 10.000 euros, tendría que incluir 2.100€ de IVA en cada liquidación trimestral. Suponiendo que este diseñador gráfico no pueda deducirse al trimestre más de 300€, ya que tiene pocos gastos, su liquidación le saldría, con la normativa actual, a pagar 1.800€. Pero, ¿qué pasaría si aplica el régimen de franquicia de IVA? Pues que aunque no pudiera deducirse los 300€ de gasto al trimestre, se ahorraría los 2.100€ de IVA, y el total sería un ahorro de 1.800€ trimestrales.


En PURA MENTA ASESORES somos expertos en gestión de tramitaciones tributarias, por lo que si tenéis alguna consulta al respecto, no dudéis en poneros en contacto con nosotros. Además, os recomendamos que estéis atentos a nuestras noticias, tanto en las redes sociales oficiales (Instagram, Facebook y LinkedIn) como en nuestra web, para conocer el momento exacto en el que entran en vigor esta y otras medidas.

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