¿Tienes una marca propia y no quieres que alguien la pueda utilizar?
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¿Tienes una marca propia y no quieres que alguien la pueda utilizar?

Si te encuentras en esta situación tienes que protegerla para que solo tú puedas lucrarte con ella. La forma de proteger tu marca en España es a través de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Gracias a la Propiedad Industrial se obtienen unos derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales que se protegen como verdaderos derechos de propiedad.



Pero, ¿qué podemos proteger en la OEPM?

  1. Marcas y nombres comerciales.

  2. Invenciones Industriales.

  3. Diseños Industriales.

  4. Topografías de Productos Semiconductores.

  5. Marca de la Unión Europea.

  6. Marca Internacional.

  7. Patente Europea.

  8. Solicitud de Patente Internacional PCT.

  9. Diseños Comunitarios.

  10. Diseños Internacionales.

Los derechos se otorgan a través de un procedimiento reglado por la OEPM y la protección es aplicable a todo el territorio nacional.


Vamos a centrarnos en las marcas y nombres comerciales ya que es la protección más común que nos solicitan en PURA MENTA.


Una marca es según el art. 4 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas: “todos los signos, especialmente las palabras, incluidos los nombres de personas, los dibujos, las letras, las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, o los sonidos, a condición de que tales signos sean apropiados para:

a) distinguir los productos o los servicios de una empresa de los de otras empresas.”


Un nombre comercial puede ser, según el artículo 87.2 de la Ley 17/2011, de 7 de diciembre, de Marcas: “a) Los nombres patronímicos, las razones sociales y las denominaciones de las personas jurídicas.

b) Las denominaciones de fantasía.

c) Las denominaciones alusivas al objeto de la actividad empresarial.

d) Los anagramas y logotipos.

e) Las imágenes, figuras y dibujos.

f) Cualquier combinación de los signos que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores.”

Éstos pueden ser distintos de los nombres de las sociedades inscritos en los Registros Mercantiles.


Al registrarlo se otorga, al que la propone, el derecho exclusivo a impedir que terceros comercialicen productos con la misma marca o utilizando una marca tan similar que pueda crear confusión.


Si no se registra la marca, las inversiones que se realicen en la comercialización de un producto pueden no servir de nada ya que sus rivales podrían utilizar la misma marca o una tan similar que pueda confundirse para comercializar productos idénticos o similares. Si un competidor adopta una marca similar o idéntica, los consumidores podrían comprar por error el producto del competidor y esto no sólo afectaría a los beneficios de la empresa, sino que además confundirá a sus clientes y podría dañar su reputación e imagen, especialmente si los productos rivales son de calidad inferior.

Además, en el caso en que quisieras que otras empresas comercializasen con tu marca, podrías conceder una licencia sobre la marca, lo que representaría una fuente adicional de ingresos.


Entonces, si has decidido registrar tu marca o nombre comercial para protegerla, ¿Cuánto tarda desde que se solicita el registro hasta la concesión del derecho de propiedad industrial?


El tiempo que transcurre hasta la concesión de un derecho de propiedad industrial depende de cada modalidad y de si la solicitud sufre algún suspenso, pero los plazos medios hasta la concesión en el caso de marcas y nombres comerciales es entre 8 y 15 meses.


La protección se concede por diez años desde la fecha de solicitud y puede renovarse indefinidamente por períodos sucesivos de diez años.


Si tienes alguna duda de cómo proteger tu marca o nombre comercial, no dudes en contactarnos.


En PURA MENTA estamos para ayudarte.

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