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Foto del escritorAntonio Caballero Valderrama

Futura Ley de Eficiencia Procesal: inhábil del 24 de diciembre al 6 de enero.

En el ámbito del derecho, abogados, procuradores y graduados sociales siempre se habían visto en la obligación, cuando no necesidad, de prestar sus servicios en los periodos de Navidad, con asistencia a juzgados y el cumplimiento de plazos pertinentes en relación con el calendario procesal habitual.



No obstante, la nueva Ley de Eficiencia Procesal contemplará tres importantes novedades en relación con este calendario judicial:


i) los días de Navidad que transcurren entre el 24 de diciembre y el 6 de enero serán inhábiles a todos los efectos;


(ii) los profesionales del derecho que dispongan de baja por maternidad o paternidad podrán solicitar la suspensión de un procedimiento en el que intervenga; y


(iii) en los casos de enfermedad grave y/o fallecimiento de un familiar del profesional del derecho, se dispondrá de una suspensión de 3 a 5 días en función de las necesidades y de la proximidad.


El grupo de trabajo, formado por el Ministerio de Justicia y todas las profesiones jurídicas representadas – abogados, procuradores y graduados sociales – han alcanzado una postura común entre ellos incorporando las anteriores premisas al texto del anteproyecto de ley de eficiencia procesal.


Tras este primer acuerdo, el texto se trasladará al Consejo de Estado, quien emitirá un informe en un máximo de dos meses, tras lo que podría llegar el anteproyecto de ley al Congreso a mediados de 2022, para su tramitación definitiva.


En tal sentido, es un hito importante para los profesionales del derecho, quienes han visto que gran parte de sus reclamaciones han sido tenidas en consideración.


El acuerdo alcanzado, así como el que se formalice en la futura Ley de Eficiencia Procesal, permitirá fortalecer la administración de Justicia y adaptarla a las necesidades imperantes en el siglo XXI, acorde a la sociedad democrática en que vivimos y atendiendo a las diferentes necesidades de los profesionales del derecho, demostrando el compromiso y la posibilidad de que las partes intervinientes alcancen acuerdos sostenibles favorables para todos.





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